Sueldos y Jornales- Empleados de Comercio- Acuerdo Abril 2008
LABORAL
Empleados de comercio. Acuerdo Abril de 2008
¿En junio se debe abonar el 25% de la suma no remunerativa, sólo del incremento del 8% o también del presentismo y de la suma fija de $ 100?
Con el sueldo de junio se debe abonar:
A modo de ejemplo:
Sueldo $ 1.000
8% no remunerativo: $ 80
Suma fija Abril 2008: $ 100
25% ($ 80 + $ 100): $ 45
Presentismo no rem. [($ 80 + $ 100 + $ 45) x 8,33%]: $ 18,75
¿En junio se debe abonar el 25% de la suma no remunerativa, sólo del incremento del 8% o también del presentismo y de la suma fija de $ 100?
Con el sueldo de junio se debe abonar:
A modo de ejemplo:
Sueldo $ 1.000
8% no remunerativo: $ 80
Suma fija Abril 2008: $ 100
25% ($ 80 + $ 100): $ 45
Presentismo no rem. [($ 80 + $ 100 + $ 45) x 8,33%]: $ 18,75
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