Previsional- Autónomos- Recategorización
PREVISIONAL
Autónomos. Recategorización
¿Los contribuyentes jubilados y aquellos sujetos que no modifican su categoría se encuentran obligados a recategorizarse?
Los beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma están exceptuados de recategorizarse en el régimen de trabajadores autónomos. A su vez, aquellos contribuyentes que en función de los ingresos obtenidos en el año 2007 determinen que su categoría no se modifica tampoco deberán cumplir con la recategorización, en cuyo caso, la falta de recategorización anual implicará la ratificación de la categoría del trabajador autónomo declarada con anterioridad.
Los beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma están exceptuados de recategorizarse en el régimen de trabajadores autónomos. A su vez, aquellos contribuyentes que en función de los ingresos obtenidos en el año 2007 determinen que su categoría no se modifica tampoco deberán cumplir con la recategorización, en cuyo caso, la falta de recategorización anual implicará la ratificación de la categoría del trabajador autónomo declarada con anterioridad.
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