Previsional- Autónomos- Recategorización Anual
LABORAL
Recategorización de autónomos
¿En qué fecha debe realizarse y cómo se efectúa la recategorización de los trabajadores autónomos? ¿A partir de qué mes se debe ingresar la nueva categoría?
La Resolución General Nº 2217 establece que la recategorización anual se efectuará en el mes de junio. Con respecto al procedimiento a seguir, A.F.I.P. aún no aclaró nada al respecto, por lo tanto se llevaría a cabo a través del Padrón Único de Contribuyentes.
Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual, tendrán efecto para los períodos mensuales devengados junio de 2008 hasta mayo de 2009, ambos inclusive.
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