Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

jueves, 8 de mayo de 2008

Laboral- Presentismo en Convenio de Comercio


LABORAL
Presentismo

Para los empleados incluidos en el Convenio Colectivo de Empleados de Comercio ¿en qué casos corresponde abonar el presentismo?
Para cobrar el presentismo el trabajador no puede faltar más de una (1) vez sin justificación. Se tienen por justificadas las faltas por enfermedad, accidente, licencia pagas y vacaciones.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio