Impositiva- Impuesto a los Bienes Personales- Inmueble Donado con Reserva de Usufructo
IMPOSITIVA
Impuesto sobre los bienes personales
¿Si un contribuyente donó un inmueble conservando el usufructo del mismo, debe incluirlo en su declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales personales?
De conformidad con lo establecido por el artículo 22, inciso a) de la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales, en los supuestos de cesión gratuita de la nuda propiedad con reserva del usufructo, el cedente deberá computar, cuando corresponda a los fines de este impuesto, el valor total del inmueble.
¿Si un contribuyente donó un inmueble conservando el usufructo del mismo, debe incluirlo en su declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales personales?
De conformidad con lo establecido por el artículo 22, inciso a) de la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales, en los supuestos de cesión gratuita de la nuda propiedad con reserva del usufructo, el cedente deberá computar, cuando corresponda a los fines de este impuesto, el valor total del inmueble.
0 comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]
<< Inicio