Previsional- Jubilación Monotributistas
LABORAL
Monotributo
¿Un contribuyente monotributista, con la edad y los años de aporte para jubilarse, puede acceder al beneficio de la jubilación y seguir trabajando? De ser esto posible, ¿qué trámite debe realizar en A.F.I.P.? ¿Sigue pagando el Monotributo como hasta ahora?
El contribuyente puede seguir trabajando bajo el régimen de Monotributo luego de jubilarse. Cuando se jubila debe modificar su situación a través de la página de internet de la A.F.I.P. a fin de encuadrarse como “No aportante a este régimen – Jubilado Ley Nº 24.241”, debiendo pagar a partir de dicha modificación sólo el componente impositivo y de jubilación (no paga la obra social).
¿Un contribuyente monotributista, con la edad y los años de aporte para jubilarse, puede acceder al beneficio de la jubilación y seguir trabajando? De ser esto posible, ¿qué trámite debe realizar en A.F.I.P.? ¿Sigue pagando el Monotributo como hasta ahora?
El contribuyente puede seguir trabajando bajo el régimen de Monotributo luego de jubilarse. Cuando se jubila debe modificar su situación a través de la página de internet de la A.F.I.P. a fin de encuadrarse como “No aportante a este régimen – Jubilado Ley Nº 24.241”, debiendo pagar a partir de dicha modificación sólo el componente impositivo y de jubilación (no paga la obra social).
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