Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 22 de abril de 2008

Impositiva- Impuesto a las Ganancias- Cálculo de Anticipos


IMPOSITIVA
Impuesto a las ganancias. Cálculo de anticipos

¿A fin de proceder al cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias de una persona física se puede deducir de la base de cálculo el 34% del impuesto sobre los créditos bancarios computado como pago a cuenta?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 327, el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios computado como pago a cuenta del impuesto no es deducible de la base de cálculo de los anticipos a abonar por el período fiscal 2008.

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