Laboral- F 931- Sin Empleados
LABORAL
F. 931. Presentación “Sin empleados”
Un empleador cuyo único empleado cesó, y presentó el F. 931 correspondiente al mes de cese del empleado con la leyenda “sin empleados”, ¿debe seguir presentando “sin empleados”, ya que por ahora no quiere dar el cese pues probablemente a corto plazo incorpore un nuevo empleado?
De conformidad con lo establecido por el artículo 5º de la Resolución General Nº 712 (A.F.I.P.) los empleadores que en un período mensual no hayan ocupado personal en relación de dependencia quedan obligados a presentar el formulario de declaración jurada F. 931 que contendrá la leyenda “Sin empleados”. Dicha obligación se cumplirá, únicamente, respecto del primer mes en el que se verifique la ausencia de empleados, correspondiendo reiterar la presentación sólo cuando la mencionada situación se interrumpa con un período mensual que origina la obligación de determinación e ingreso de los aportes y contribuciones, es decir cuando vuelva a tener empleados.
Un empleador cuyo único empleado cesó, y presentó el F. 931 correspondiente al mes de cese del empleado con la leyenda “sin empleados”, ¿debe seguir presentando “sin empleados”, ya que por ahora no quiere dar el cese pues probablemente a corto plazo incorpore un nuevo empleado?
De conformidad con lo establecido por el artículo 5º de la Resolución General Nº 712 (A.F.I.P.) los empleadores que en un período mensual no hayan ocupado personal en relación de dependencia quedan obligados a presentar el formulario de declaración jurada F. 931 que contendrá la leyenda “Sin empleados”. Dicha obligación se cumplirá, únicamente, respecto del primer mes en el que se verifique la ausencia de empleados, correspondiendo reiterar la presentación sólo cuando la mencionada situación se interrumpa con un período mensual que origina la obligación de determinación e ingreso de los aportes y contribuciones, es decir cuando vuelva a tener empleados.
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