Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 6 de mayo de 2008

Laboral- Licencia sin goce de Haberes


LABORAL
Licencia sin goce de sueldo

Si una trabajadora después de gozar la licencia por maternidad desea tomarse una licencia sin goce de sueldo, ¿cuántos meses le corresponden? ¿Tiene que completar algún formulario o solicitarla por nota?
Cuando la trabajadora termina la licencia por maternidad tiene 3 opciones: rescindir el contrato, haciéndose beneficiaria al cobro de una indemnización del 25% de la indemnización por despido (artículo 245 L.C.T.), reincorporarse a trabajar, o solicitar la excedencia que es una licencia sin goce de sueldo, que va de 3 meses a 6 meses. La opción por la excedencia debe comunicarla al empleador mediante nota o telegrama.

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