Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

miércoles, 8 de julio de 2009

Procedimiento- Medios de Pago


IMPOSITIVA
Procedimiento. Medios de pago

¿Se puede realizar una escritura de venta de inmueble en pesos sin bancarizar el pago de dicha operación?
Si. El Decreto Nº 22/2001 establece que el pago en efectivo de sumas de dinero superiores a $ 10.000, o su equivalente en moneda extranjera, efectuado en ocasión del otorgamiento de escritura pública sobre inmuebles, tendrá para las partes y frente a terceros los mismos efectos cancelatorios que los procedimientos previstos en los incisos 1) a 4) del artículo 1º de la Ley Nº 25.345.

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