Impositiva- Impuestos Internos- Ley Nacional del Tabaco
Modifican las leyes 24.674 de Impuestos Internos y 19.800, Ley Nacional del Tabaco, estableciendo medidas económicas para desalentar el consumo de productos elaborados con tabaco.
Se establece que el impuesto sobre los cigarrillos no podrá ser inferior al 75 % del impuesto correspondiente al precio de la categoría más vendida de cigarrillos, se fijan nuevos montos de los adicionales para el Fondo nacional del Tabaco, y se crea el Registro Nacional de Acopiadores, Procesadores, Fabricantes, Importadores, Exportadores y/o Comercializadores Mayoristas de Productos Derivados del Tabaco.
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