Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 11 de marzo de 2008

Laboral- SUAF

* Temas Laborales y Previsionales
UNA MANO CORDOBESA Y UNA MANO MISIONERA PARA UN COLEGA BONAERENSE
PREGUNTA "Para los que estaban en Fondo Compensador, la incorporación masiva al SUAF es a partir del 1/4/8.No tengo claro si como empleador hay obligación de presentar algo en ANSES, o si directamente hay que notificarle al empleado que a partir de dicha fecha queda incorporado en el SUAF por medio del formulario "Notificación de las Nuevas Normas del Régimen de Asignaciones Familiares al Trabajador", y es este último quién debe dirigirse a la ANSES a manifestar el CBU o la boca de pago dónde desea cobrar sus AAFF.Alguien que sepa cómo proceder, le estaré agradecido por sus comentarios.".Un saludo a todos los Colegas.SEBASTIÁN MAGNANELLI. Villa Ballester. Buenos Aires
RESPUESTAS"Como empleador debés presentar el formulario de notificación y luego el empleado debe presentar una nota informando la boca de pago o el cbu, igualmente te comento que en una consulta que hice en Anses me dijeron que ellos iban a notificar la incorporación al Suaf y si no te llega por alguna razón, que busques en la pagina de Anses, que hay un link en el quete informa si la empresa está o no incluída en el suaf; y luego, una vez notificado recién ahi habría que presentar toda la documentación, pero tomalo con pinzas ya que cada udai tiene su propio "librito". Espero te sirva, saludos al foro.".FEDERICO NICOLA. Mattaldi. Córdoba
"Sobre la incorporación masiva al SUAF, transcribo parte del texto de la Resolución 670/07 del ANSSES (B.O. 31/10/07):Las empresas deberán presentar ante ANSES, hasta el 30/04/08 la siguiente documentación:a) Nota con carácter de declaración jurada detallando la nómina de los trabajadores (identificados por Apellido y Nombre y por CUIL) que han optado por recibir las Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU), adjuntando por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del Extracto Bancario donde conste CUIL o DNI, Apellido y Nombre y número de CBU correspondiente; o en su defecto, la Boca de Pago o la Provincia, Localidad y Codigo Postal del lugar de cobro elegido.Saludos.".WILMA BOSE. Posadas. Misiones

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio