Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 12 de febrero de 2008

Impositiva- Actividad Médica- IVA

* IVA UNA MANO BONAERENSE PARA UNA COLEGA PORTEÑA
PREGUNTA "Hola Colegas de CONTA-NET! Escribo nuevamente para ver si alguien me puede dar una mano con un tema de IVA. El tema es el siguiente, tengo como cliente un médico que hoy es monotributista pero en la próxima recategorización lo más problable es que quede excluido del monotributo y deba inscribirse como RI. Mi duda es cuánto tendrá que pagar de IVA así puedo explicarle bien su futura situación. Él atiende en su consultorio particular y factura de la siguiente manera:1) A obra sociales a través del Círculo Médico Profesional: estará exento de IVA?2) A pacientes afiliados a obra sociales que después piden el reintegro con la factura que él les entrega: exento IVA?3) a Particulares : estará gravado al 21%?Desde ya muchas gracias a todos por su colaboración. Saludos calurosos.".MARÍA DÍAZ. Capital Federal
RESPUESTA"Hola a todos. Esta es una respuesta para MARÍA DÍAZ de Capital con respecto a como facturar un médico que pasa de MT a RI:1)1) A obra sociales a través del Círculo Médico Profesional: estará exento de IVA? El mismo Círculo Médico te va a ir indicando, pero te adelanto que la mayoría de la facturación entra como exenta y por ella deberá el profes. hacer una fra o rbo B a nombre del cçirculo que es exento. Dentro de la misma liquidación vienen algunas con IVA (por los adherentes etc) y esas requerirán una factura aparte por suesto A.También podés encontrarte que algunas Obras Soc. le requieren el Recibo por adelantado por lo que tendras que tener cuidado para restar esos importes de la liquidación.2) A pacientes afiliados a obra sociales que después piden el reintegrocon la factura que él les entrega: exento IVA? ojo que las prepagas no son exentas. Si se trata de una O.Soc. sindical (exenta)cortada, entonces sí el pago que hace el paciente al profesional está exento PERO DEBERA CONSTAR EN EL RECIBO TAL SITUACION.Por ej,"por O.Soc. cortada"3) a Particulares : estará gravado al 21%? SI espero te sirva, saludos.".ELSA MANSILLA. Olavarría. Buenos Aires

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