Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

viernes, 21 de noviembre de 2008

Laboral- Vacaciones


LABORAL
Vacaciones
Un empleador va a otorgar vacaciones a partir del 22 de diciembre. Tratándose de “días corridos”, ¿el 25 de diciembre y el 1º de enero generan 2 días más de licencia?
Por la Ley de Contrato de Trabajo, los feriados que caen dentro de las vacaciones no generan derecho a más días de licencia, ni mayor remuneración. De cualquier forma hay que analizar el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad a fin de verificar si contempla una condición más beneficiosa para el trabajador.

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