Procedimiento- Factura Electrónica
IMPOSITIVA
Factura electrónica
¿Un contribuyente responsable inscripto en el impuesto al valor agregado que tiene como actividad el desarrollo de software destinados a servicios médicos (historias clínicas, turnos), quedaría incluido en el régimen de factura electrónica? ¿Cómo es el procedimiento para facturar?
Los desarrolladores de software responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado en cuanto al diseño y desarrollo, quedan incluidos en el régimen de factura electrónica “RECE”. Consecuentemente, el contribuyente Deberá darse de alta en el régimen, a través del servicio “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)” durante octubre y solicitar autorizaciones a emisión desde noviembre de 2008.
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