Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

jueves, 18 de septiembre de 2008

Procedimiento- Factura Electrónica


IMPOSITIVA
Factura electrónica
¿Un contribuyente responsable inscripto en el impuesto al valor agregado que tiene como actividad el desarrollo de software destinados a servicios médicos (historias clínicas, turnos), quedaría incluido en el régimen de factura electrónica? ¿Cómo es el procedimiento para facturar?
Los desarrolladores de software responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado en cuanto al diseño y desarrollo, quedan incluidos en el régimen de factura electrónica “RECE”. Consecuentemente, el contribuyente Deberá darse de alta en el régimen, a través del servicio “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)” durante octubre y solicitar autorizaciones a emisión desde noviembre de 2008.

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