Sueldos y Jornales- Empleados de Comercio- Cambio en el Cálculo de la Antigûedad
LABORAL
Empleados de comercio. Antigüedad
Hasta el momento, la antigüedad se incluía dentro de los básicos estipulados por Comercio para cada año de servicio, ¿se dispuso algún cambio en cuanto al cálculo de este rubro? ¿Es un adicional por año de servicio? ¿Qué resolución lo estableció?
La Resolución Nº 510/2008 (A.N.Se.S.), a través de la cual se homologó el incremento salarial que rige desde abril de 2008 para los trabajadores de comercio, en uno de sus puntos incluye que desde el devengado junio de 2008 se cambia la forma de cálculo de la antigüedad, pasando a liquidarse un 0,50% por año de antigüedad sobre los básicos de cada categoría:
Hasta el momento, la antigüedad se incluía dentro de los básicos estipulados por Comercio para cada año de servicio, ¿se dispuso algún cambio en cuanto al cálculo de este rubro? ¿Es un adicional por año de servicio? ¿Qué resolución lo estableció?
La Resolución Nº 510/2008 (A.N.Se.S.), a través de la cual se homologó el incremento salarial que rige desde abril de 2008 para los trabajadores de comercio, en uno de sus puntos incluye que desde el devengado junio de 2008 se cambia la forma de cálculo de la antigüedad, pasando a liquidarse un 0,50% por año de antigüedad sobre los básicos de cada categoría:
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