Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

viernes, 13 de junio de 2008

Impositiva- Multa por Omisión de Impuesto


IMPOSITIVA
Multa por omisión de impuesto

¿Con qué formulario y códigos se abona una multa impuesta a un contribuyente por omisión de impuesto (artículo 45 de la Ley Nº 11.683)?
Si el responsable es un gran contribuyente debe abonar la multa mediante la generación de un volante electrónico de pago (V.E.P.). Si se trata de un contribuyente común, puede optar por abonarla mediante un volante de pago F. 799/E o a través de un V.E.P.. En ambos casos se deben informar los siguientes códigos:
Impuesto: El código del impuesto por el cual le aplicaron la multa (I.V.A., ganancias, etcétera).
Concepto: 019 (Declaración jurada)
Subconcepto: 108 (Multa)

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