Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

jueves, 3 de abril de 2008

Impositiva- Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales- Débitos y Créditos Bancarios


IMPOSITIVA
Impuesto a las ganancias. Cómputo del impuesto sobre los créditos y débitos

En el caso que la declaración jurada del impuesto a las ganancias arroje saldo a favor del contribuyente, el programa aplicativo no permite cargar el importe del cómputo como pago a cuenta del impuesto sobre los créditos y debitos bancarios, ¿es esto correcto? De ser así, ¿dicho importe se pierde?
El cómputo como pago a cuenta del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios contra el impuesto a las ganancias no puede generar saldo a favor.
Por tal motivo el programa aplicativo imposibilita su carga. El crédito del impuesto que no haya sido utilizado contra el saldo de la declaración jurada será trasladado a los próximos ejercicios fiscales hasta su agotamiento.

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