Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

jueves, 13 de diciembre de 2007

Laboral- Vacaciones


LABORAL
Vacaciones

¿Cómo se calculan las vacaciones para un empleado que trabajó en el año menos de 6 meses? ¿Se deben contemplar meses del próximo año para que goce de las vacaciones de 14 días?
En este caso, al no haber prestado servicios el trabador durante la mitad, como mínimo, de los días hábiles comprendidos en el año calendario, corresponde otorgarle un (1) día de descanso por cada 20 días efectivamente trabajados.
Para determinar la extensión de las vacaciones atendiendo a la antigüedad en el empleo, se computará como tal aquella que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año al que correspondan las mismas.¿Cómo se calculan las vacaciones para un empleado que trabajó en el año menos de 6 meses? ¿Se deben contemplar meses del próximo año para que goce de las vacaciones de 14 días?
En este caso, al no haber prestado servicios el trabador durante la mitad, como mínimo, de los días hábiles comprendidos en el año calendario, corresponde otorgarle un (1) día de descanso por cada 20 días efectivamente trabajados.
Para determinar la extensión de las vacaciones atendiendo a la antigüedad en el empleo, se computará como tal aquella que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año al que correspondan las mismas.

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