Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

jueves, 25 de junio de 2009

Laboral- Servicio Doméstico- Despido


LABORAL
Servicio doméstico

En el caso de una empleada doméstica que trabajaba por semana 8 horas, se la despide y no se envió telegrama de despido ¿cómo se informa a la A.F.I.P. y a la obra social que no se presenta más el formulario F. 102?
En el caso de despido de la empleada doméstica no hace falta enviar telegrama. A su vez, el dador de trabajo no tiene que avisar dicha situación a la A.F.I.P. y sólo deja de abonar el F. 102.

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