Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 15 de abril de 2008

Laboral- Su Declaración


LABORAL
Sistema “Su Declaración”

En el caso de un contribuyente que por el período devengado marzo de 2008 (vencimiento abril de 2008) generó la declaración jurada de las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social (F. 931) a través del sistema “Su Declaración”, debido a que registraba 4 trabajadores ocupados. Teniendo en cuenta que durante el mes de marzo incrementó su nómina salarial, ascendiendo la misma a 7 empleados, ¿la utilización del dicho sistema a fin de generar la declaración jurada F. 931 del período devenga abril de 2008, es optativa?
De conformidad con lo establecido por el artículo 1º de la Resolución General Nº 2192, modificada por la Resolución General Nº 2407, el uso del sistema informático “Su Declaración” es obligatorio para los empleadores que registren hasta cinco (5) empleados, inclusive, en el período mensual que se declara.
Asimismo, dispone que en el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de diez (10) trabajadores, inclusive, deberán continuar generando las declaraciones juradas (F. 931) mediante el dicho sistema.

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