Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 15 de abril de 2008

Impositiva- Impuesto a las Ganancias- Sociedades


IMPOSITIVA
Impuesto a las ganancias. Sociedades

Si una sociedad obtuvo en el año calendario 2007 ingresos por un importe inferior a $ 1.000.000, a fin de proceder a la generación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2007, ¿puede seguir utilizando la versión 6 del programa aplicativo “Ganancias Sociedades”?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2432, las sociedades con cierre diciembre 2007 y siguientes (independientemente de los ingresos obtenidos en el año calendario inmediato anterior), a fin de proceder a la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias, deberán utilizar el programa aplicativo “Ganancias Personas Jurídicas – Versión 8.0”. El archivo generado deberá ser presentado mediante transferencia electrónica de datos a través de la página de internet de la A.F.I.P..

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