Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 5 de febrero de 2008

Laboral- Despido e Integración mes de Despido


LABORAL
Despido

En el caso de despido, ¿los conceptos mes de despido e integración mes de despido sufren retenciones?
El pago del último mes trabajado es remunerativo y por lo tanto lleva aportes y contribuciones. La integración del mes es un concepto indemnizatorio y por lo tanto no es pasible de descuentos.

2 comentarios:

A las 5 de febrero de 2008, 18:49 , Blogger gerardo leyria ha dicho...

Consulta,
en mi trabajo soy mensual. Si trabajé la 1ºsemana de enero 08`,y después tuve vacaciones hasta el 31/01, pero me llegó el telegrama de despido 31/01.
Cómo se calcula la integración del mes de despido?

 
A las 16 de septiembre de 2009, 8:32 , Anonymous Anónimo ha dicho...

en mi trebabajo hay un problema les reclamamos las horas q no nos pagan porque nunca nos pagaron los sabados yo trabajo de 8:00 a 19:00 y los sabados de 8:00 a 14:00 ahora nos bajaron las horas porfabor me puede desir q puedo aser o en q me puede ayudar el sindicato? saludos atentamente

 

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