IVA- Cómputo Crédito Fiscal
IMPOSITIVA
Impuesto al valor agregado
¿Un responsable inscripto puede computarse el I.V.A. contenido en una factura “A”, teniendo en cuenta que dicho impuesto no se encuentra discriminado?
De conformidad con lo establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado, el cómputo del crédito fiscal es procedente siempre que el impuesto se encuentre facturado, discriminado y en la medida en que se vincule con operaciones gravadas. Por lo tanto, el I.V.A. – crédito fiscal contenido en dicha factura no es computable.
¿Un responsable inscripto puede computarse el I.V.A. contenido en una factura “A”, teniendo en cuenta que dicho impuesto no se encuentra discriminado?
De conformidad con lo establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado, el cómputo del crédito fiscal es procedente siempre que el impuesto se encuentre facturado, discriminado y en la medida en que se vincule con operaciones gravadas. Por lo tanto, el I.V.A. – crédito fiscal contenido en dicha factura no es computable.
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