Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

viernes, 29 de febrero de 2008

Laboral- Ayuda Escolar

* Temas Laborales y Previsionales
UNAS MANOS PARA UNA COLEGA SANTAFESINA
PREGUNTA "Estimados, necesitaría (si alguien tiene información) saber los requisitos para que empleados de una empresa que se encuentra en el SUAF, perciban la ayuda escolar. Hay que presentar algo en Anses o es suficiente que el empleado muestre al empleador los certificados. Disculpen las molestias pero de Anses no me responden las consultas. Muchas Gracias. Saludos.".IVANA CELI. Rosario. Santa Fe
RESPUESTAS"Hola! Yo concurri hace unos días a la oficina de Anses con la misma inquietud ya que los empleados que cobran asignaciones mediante el Suaf empezaron a preguntar. Lo que me dijieron en Anses es que envie a los empleados que deberían cobrar la ayuda escolar los primeros días de marzo para que ellos se fijen en el sistema si figura la asignación para cobrar. Si no figura le dan un formulario para que completen en la escuela del hijo. Por ahora no sabian bien el procedimiento asi que optaron por decirme que concurran todos a la Udai y fijandose lo que hay en el sistema ven que hacer. Espero te sirva. Excelente la pagina, es la lectura obligada de todos los dias. Saludos.".LAURA ALISI. 32650/0 cpcepba. Punta Alta. Buenos Aires"Hola! Hay un formulario que es el PS2.51 y las indicaciones están en el próximo vínculo.http://www.anses.gov.ar/p-aaff/trabajadores/ayuda-escolar-suaf.htmChau.".MARTINA SALABERRY
"Tengo entendido que el certificado de escolaridad no se debe presentar en anses, ya que directamente se lo liquidarán al empleado. En el caso en que no le llegue la liquidación, él tendrá que hacer el reclamo con la documentación correspondiente. Considero que el certificado debería quedar en poder del empleador (o una copia del mismo).Saludos.".IVANA SANTANA. Rosario. Santa Fe

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