Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

martes, 26 de febrero de 2008

Laboral- Su Declaración- Despido

* Temas Laborales y Previsionales
UNA MANO BONAERENSE PARA UN COLEGA BONAERENSE
PREGUNTA "Buenas tardes queridos Colegas de este maravilloso medio de comunicación.Quisiera consultar lo siguiente. Ej: si un empleado renuncia el 02/02/2008 tengo 5 dias para comunicar a AFIP esa baja por internet.Si el contribuyente tiene solo 3 empleados debe trabajar con el aplicativo "Su Declaracion" para confeccionar las Cargas Sociales del mes de Febrero. Pero cuando llegue el momento de hacerlas allá por el 05/03/08 el empleado que dí de baja no va a figurar en la lista de empleados activos por lo tanto como hago para cargar la liquidacion final de ese empleado y pagar las correspondientes cargas? Aguardo su respuesta y desde ya muy agradecido.".LUIS LEALE. Pilar. Buenos Aires
RESPUESTA"Generación de la declaración juradaAl ingresar al Aplicativo "Su Declaración", se presentará en la pantalla inicial un menú con las opciones "Consultar" y "Generar nueva declaración jurada".- Opción "Consultar": en esta opción se obtendrá la información inherente a la declaración jurada (F. 931) presentada a través del sistema.- Opción "Generar nueva declaración jurada": en este caso, el sistema devolverá la declaración jurada (F. 931) del mes anterior al de la fecha de ingreso al sistema; en la misma se podrán visualizar la totalidad de los datos informados o conformados por el empleador en su declaración anterior más las novedades del personal que se haya comunicado mediante el Sistema "Mi Simplificación".Es decir, en esta última pantalla, la cual podemos visualizar luego, se observan todos los datos de la declaración jurada, tanto los del empleador como los de sus empleados, los cuales son relevantes para la presentación.Tercer paso: modificación de datosA continuación, enunciamos los datos que podrán ser modificados por el empleador en la declaración jurada generada automáticamente por la Aplicación y cuáles se encontrarán vedados para su modificación:Tener en cuenta* Cuando se presenta la declaración proforma, los datos que no presentaron modificaciones, respecto del mes anterior, aparecerán en color verde; si hubieran aparecido Altas Tempranas en el mes devengado (novedades), el nuevo dato se presentará en color rojo.Espero que te sirva. Chau.".MARTINA SALABERRY. San Andrés de Giles. Buenos Aires

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio