Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

jueves, 25 de junio de 2009

Laboral- Aguinaldo- Cálculo


LABORAL
Sueldo anual complementario
¿Para el cálculo del sueldo anual complementario se toma en cuenta las vacaciones?
Cuando se realiza el cálculo del sueldo anual complementario, la Ley de Contrato de Trabajo expresa que se tiene que tomar la mejor remuneración devengada por todo concepto en el semestre, por lo tanto se incluyen las vacaciones, con la salvedad que si la liquidación de las vacaciones abarca dos mes, hay que devengar los días que corresponden a cada mes.

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