Impositiva- Cuentas Tributarias
* Sistema de Cuentas Tributarias
UNA COLEGA SANTAFESINA NOS COMPARTE LO QUE LE DIJERON EN LA AFIP"Hola LUIS. Quisiera comentarles a nuestros amigos Colegas, lo que pude averiguar en AFIP para un caso particular de IVA sobre el uso del sistema de cuentas tributarias.* Las retenciones y percepciones y el Saldo Técnico anterior se seguirán cargando en el aplicativo hasta el 01/7/08, fecha en que figurarán en el sistema y no deberán cargarse más.* Los saldos de libre disponibilidad no se cargan más en la solapa "Forma en que se utilizó el saldo de libre disponibilidad" a partir del 01/01/08. Se empleará el sistema de cuentas tributarias, dentro de la solapa de compensaciones. Pero en mi caso el sistema todavía no está operativo, entonces tengo la opción de presentar el Formulario 798 (que su uso es opcional hasta el 30/6/08). Luego debo ingresar en el aplicativo en la solapa de Forma de pago- Suma no bancaria - Compensación.* El cronograma para el uso obligatorio del sistema de cuentas tributarias empieza el 01/3/08 y termina el 30/6/08. A partir de esa fecha todas las operaciones (presentación, pago, altas, bajas, etc.) se tienen que hacer a través de este sistema.Espero haber sido de ayuda...Cordiales saludos.".IVANA SANTANA. Rosario. Santa Fe
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