Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

miércoles, 27 de octubre de 2010

Procedimiento- Cambio de CBU en Facturas A

Un responsable inscripto en I.V.A. que emite facturas A con leyenda “Pago en CBU Informada” realizó el cambio de sucursal de la entidad bancaria donde poseía su cuenta corriente y el banco le dio de baja la cuenta que poseía a los efectos de proceder a la apertura de una nueva cuenta en la nueva sucursal. ¿Cómo debe proceder a los efectos de informar a la AFIP la nueva C.B.U.? ¿Debe volver a imprimir nuevas facturas?
A los efectos de informar a la AFIP el cambio de C.B.U., el contribuyente deberá presentar un F. 855 o F. 856 (según corresponda). La Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) que debe utilizarse, será la informada y publicada en la página web de la AFIP. Cabe aclara que la CBU no debe figurar en la factura, quien reciba dicha factura y debe efectuar el pago de la misma mediante depósito bancario debe consultar a través de la página web de la AFIP la CBU denunciada por el proveedor. Por lo tanto, no sería necesario mandar a imprimir nuevos comprobantes.

1 comentarios:

A las 10 de febrero de 2014, 11:20 , Blogger Unknown ha dicho...

SI YO FACTURO CON UNA EMPRESA FACTURA A CBU INFORMADA EL CLIENTE ME PAGA CON CHEQUES NO A LA ORDEN??

 

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