Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

miércoles, 27 de octubre de 2010

Procedimiento- Exenciòn Impuesto a los Ingresos Brutos Ciudad Autònoma Bs.As.

¿Una asociación civil sin fines de lucro, radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por consiguiente exenta en el impuesto a los ingresos brutos, debe realizar algún tipo de trámite o inscripción ante A.G.I.P. a fin de exteriorizar la condición de exenta?
Las entidades sin fines de lucro, si bien la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos de C.A.B.A. -de conformidad con lo establecido por el artículo 142 del Código Fiscal- opera de pleno derecho, a los efectos de que los agentes de recaudación no les practiquen retenciones y/o percepciones deberán empadronase como entidades exentas a través de la página web de AGIP, a cuyo efecto previamente deberán inscribirse en el impuesto.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio