Asesoramiento Impositivo, Laboral, Previsional, Societario, Inversiones y Negocios

Este es un espacio donde se pueden realizar y evacuar consultas respecto a distintos temas impositivos, laborales, previsionales, o societarios de la República Argentina. El objetivo de este blog es hacer que la participación de todas aquellas personas o profesionales que estén en esta materia, haga dinámica esta pagina y así pueda ayudar a otros colegas. Desde ya muchas gracias por la colaboración.

miércoles, 26 de marzo de 2008

Laboral- Renuncia por Jubilación


LABORAL
Jubilación de un empleado

¿Un empleado recibe el beneficio jubilatorio en febrero de 2008 y finaliza su relación laboral el 31/03/2008) debe enviar telegrama de renuncia? ¿Se debe confeccionar el certificado de servicios? ¿Cómo se informa en el F. 931?
El empleado debe enviar telegrama de renuncia por percibir beneficios jubilatorios. A su vez, el empleador debe confeccionar, como cuando finaliza toda relación laboral, el certificado de trabajo y de aportes y contribuciones, no tiene que entregar el F.PS6.2. En el sistema “Mi Simplificación” tiene que darle la baja por renuncia y en el F. 931 lo declara como jubilado por marzo de 2008.

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